Contratar un plan de pensiones puede ser una buena manera de
asegurarnos un dinero extra
una vez llegados a la jubilación, además de la pensión. Antes de elegir qué plan de pensiones contratar, es importante conocer bien su funcionamiento para evitar cualquier sorpresa. Si quieres saber más, puedes descargarte nuestra Guía gratuita de planes de pensiones
.
La Ley regula los cinco principios que deben cumplir los planes de pensiones:
Debe garantizarse el acceso como partícipe de un plan a cualquier persona física que reúna las condiciones de vinculación o de capacidad de contratación.
En caso de un plan de pensiones de empleo, se imponen unas condiciones para que los trabajadores se puedan acoger a él; la condición puede ser tener una antigüedad determinada, pero nunca limitarlo a más de dos años de antigüedad.
Si se trata de un plan de pensiones individual es más sencillo: no se puede negar la adhesión a nadie que haya manifestado su intención y tenga capacidad legal para hacerlo.
Los planes se instrumentarán mediante sistemas financieros o actuariales de capitalización, que determinarán las
prestaciones futuras equivalentes a las aportaciones realizadas
, es decir, regula el cálculo del valor de la participación en el momento de la prestación, teniendo en cuenta el número de participaciones compradas.
Las aportaciones de los promotores a los planes de pensiones son irrevocables. Una vez realizada la aportación ésta no puede ser anulada.
Las contribuciones y aportaciones a los Planes de pensiones en función del sistema de capitalización utilizado determinan para los partícipes unos derechos de contenido económico que generarán las prestaciones futuras.
Quedará integrado, obligatoriamente, en un fondo de pensiones, todas las contribuciones de promotores, aportaciones de partícipes y cualquier recurso adscrito al plan de pensiones.
Noticias relacionadas
